Qué es RESICO y quién puede inscribirse
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal creado por el SAT para simplificar el pago de impuestos de personas físicas con actividad empresarial, profesional (honorarios) o de arrendamiento. Su principal atractivo son las tasas de ISR muy bajas, que van del 1% al 2.5% mensual dependiendo del nivel de ingresos, calculadas sobre los ingresos efectivamente cobrados.
Para inscribirte debes cumplir requisitos clave: ser persona física, tener ingresos anuales que no superen 3.5 millones de pesos y no encontrarte en los supuestos que la ley excluye. También debes mantener activa tu firma electrónica y emitir facturas por todas tus operaciones.
Diferencia entre RESICO y el Régimen de Actividad Empresarial
La diferencia más importante es cómo se calcula el impuesto. En el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales tradicional, pagas ISR sobre tu utilidad (ingresos menos deducciones), con tasas que pueden llegar al 35%. Puedes deducir gastos como renta, insumos, equipo y servicios. En RESICO, en cambio, no se deducen gastos: el impuesto se calcula directamente sobre los ingresos brutos, pero con tasas mucho más bajas.
¿Cuál conviene? Depende de tu margen. Si tienes muchos gastos deducibles, el régimen tradicional podría resultar más barato. Si tus gastos son bajos (típico en servicios profesionales o freelancers), RESICO suele ser la opción más conveniente y sencilla.
Qué pasa si superas el límite de ingresos anuales
Si en el transcurso del año tus ingresos superan los 3.5 millones de pesos, dejas de cumplir el requisito de RESICO y debes cambiarte al régimen general a partir del mes siguiente. No podrás volver a RESICO en ejercicios posteriores mientras sigas excediendo ese tope. Por eso es importante llevar un control de tus ingresos acumulados durante el año.
También puedes perder el régimen si no presentas tus declaraciones mensuales o la anual, o si no cumples con la obligación de emitir y solicitar facturas. La "confianza" del nombre implica precisamente cumplir en tiempo y forma para conservar las tasas reducidas.
Obligaciones básicas en RESICO
- Emitir facturas (CFDI) por todos tus ingresos.
- Presentar declaraciones mensuales a más tardar el día 17 del mes siguiente.
- Presentar la declaración anual en abril.
- Calcular y enterar el IVA por separado cuando aplique.
Recuerda que esta calculadora ofrece una estimación del ISR con base en la tabla vigente y no considera IVA, retenciones que te hagan tus clientes ni situaciones particulares. Para tu declaración real, apóyate en el portal del SAT o en un contador de confianza.